El Socio Director de Alartis, Miguel Ángel Ramos, consiguió que la Justicia de la razón a Atresmedia y Mediaset, sus clientes, y anule los repartos semestrales de Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), de 2015 a 2018, sobre derechos de autor y editor de música usados en TV.

Así lo publicaba El País Cultura y más de 20 medios de comunicación dado lo trascendente del tema para artistas y autores. Desde Alartis estimamos que la SGAE tiene que rehacer las liquidaciones de derechos de autor y editor a sus asociados, para repartir un importe aproximado de 64 millones de euros para más de 40.000 profesionales, a fin de restablecer los repartos semestrales de junio de 2015 a diciembre de 2018 conforme a la normativa adecuada.

El juzgado de lo Mercantil nº 16 de Madrid con su resolución estima la demanda de las editoriales de música de Atresmedia y Mediaset, clientes del despacho especialista en propiedad intelectual y litigación mercantil.

Repartos de derechos de autor

“Como consecuencia de esta sentencia, SGAE tendrá que volver al statu quo y rehacer los repartos de miles de asociados de la entidad que fueron efectuados entre 2015 y 2018, a fin de aplicarles la normativa que existía antes de enero de 2015, lo que supondrá rehacer 8 liquidaciones semestrales de derechos de autor que, en cifras estimadas, equivale a rehacer el reparto de aproximadamente 8 millones de euros por cada semestre, es decir, unos 64 millones de euros, debiendo reintegrar en la cuenta de aquellos asociados afectados las cantidades que les abonaron de menos en aquellas liquidaciones”, explica Ramos.

La SGAE, como se indica en la sentencia, en contra de lo acordado por su Asamblea General de socios celebrada en enero de 2015, llevó a cabo una serie de reformas reglamentarias, comenzando por la de febrero de 2015, sobre las normas de reparto de los derechos de remuneración por la emisión de música en TV. Dicha reforma decidió aplicarla mientras se hallaba en curso el procedimiento judicial en el que se había impugnado la citada reforma reglamentaria, la cual, finalmente, fue declarada nula por el Tribunal Supremo.

Uno de los motivos esenciales de dicha resolución fue la de haber contravenido la voluntad de la Asamblea General de socios, órgano competente para modificar dicha normativa. Sin perjuicio de lo anterior, SGAE continúo reformando las normas de reparto de la entidad para la emisión de música en TV, a través de su Junta Directiva, incurriendo en las mismas irregularidades que en febrero de 2015, así como en otras, lo que fue objeto de varios procedimientos judiciales cuyas sentencias dieron la razón a los demandantes.

Fraude de Ley de la SGAE

Dichas modificaciones reglamentarias fueron aplicándose en los correspondientes repartos semestrales hasta diciembre de 2018, a los autores y editores de la entidad, lo que supuso un fraude de ley al tratar de eludir el cumplimiento de aquellas decisiones judiciales.

“Las mencionadas reformas y repartos afectaron a los derechos de remuneración de la franja nocturna de TV de cientos de asociados de la entidad, quienes vieron reducidos sus ingresos drásticamente, toda vez que dichas reformas reglamentarias se dirigían a reducir la remuneración de los derechos devengados sobre aquellas emisiones de TV, en favor de otras emisiones”, concluye Miguel Ángel Ramos, socio director de Alartis, y quien ha ganado el caso.

Distintos medios de comunicación se han hecho eco de la noticia:

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